Responsabilidad patrimonial de los servidores públicos en Nicaragua
DOI:
https://doi.org/10.62407/rces.v1i1.14Palabras clave:
Derecho Administrativo, servidor público, responsabilidad patrimonial, regímenes de responsabilidad, reparaciónResumen
El principio de responsabilidad patrimonial demanda que los particulares podrán ser indemnizados por la Administración Pública cuando sus derechos, bienes e intereses se ven lesionados por la actividad administrativa, pero también la Administración Pública tiene el derecho y la obligación de exigirle al servidor público responsable, el resarcimiento de lo que el órgano administrativo ha desembolsado en concepto de indemnización. El presente artículo aborda la responsabilidad patrimonial del servidor público y la necesaria regulación en el ordenamiento jurídico nicaragüense de construcciones teóricas y legales que justifiquen la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos desde la visión del Derecho Administrativo, a través de la consideración de teorías como: la teoría de la falla o falta de servicio, la teoría de la separación de responsabilidades y la teoría de responsabilidad compartida, entre otras. Este artículo persigue aportar los fundamentos teóricos y legales, auxiliándose del Derecho Comparado de países como España, Colombia y Costa Rica, capaces de brindar el sustento necesario para una futura implementación de la responsabilidad patrimonial de los servidores públicos y de este modo aumentar la eficacia administrativa y garantizar una buena Administración Pública. Esta investigación utiliza un método de análisis deductivo, en la revisión y síntesis de la legislación y doctrina nacional y extranjera en temas de responsabilidad patrimonial de los servidores públicos.
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